Los padres deudores alimentarios morosos no podrán realizar trámites de escribanía para registrar inmuebles, explicó el presidente del Colegio de Escribanos del Paraguay.
«En un certificado preescriturario, o sea que antes de la celebración del acto, tenemos que tener eso a la visa. Si está en la lista del REDAM, automáticamente no puede otorgar esa escritura, va a tener que ir a solucionar al Juzgado donde fue declarado moroso. Va a tener que ir a solucionar esa cuestión, antes de otorgar la escritura», explicó Gustavo Benítez Soler.
El escribano Benítez Soler contó que este es sólo un requisito más para la formalización de una escritura pública.
“Una de las preocupaciones es que si esto encarecía la cuestión. El certificado no es un precio relevante, creo que está alrededor de G. 200 mil», puntualizó Gustavo Benítez Soler.
La disposición de sancionar civilmente a los padres deudores data de tiempo atrás, pero su mejor implementación se puede dar recién en estos tiempos luego de la elaboración de una base de datos más compleja, y que tiene alcance para varias instituciones del Estado.