El juez José Delmas no dio trámite a las excepciones de inconstitucionalidad planteadas por varias defensas en la causa contra el extitular de la ESSAP, Omar Ludovico Sarubbi, procesado con otras 34 personas por un presunto perjuicio patrimonial de G. 17.000 millones entre 2015 y 2016.
Para el magistrado, este tipo de excepciones solo son procedentes cuando su objeto es un acto normativo, es decir, una “ley u otro instrumento normativo”, que invoque la contraria y que, a criterio del oponente, resulte contrario a las normas o principios constitucionales.
Dicho en otros términos, no es posible su utilización en contra los actos del proceso que cuentan, en el mismo código procesal, con la vía correspondiente para su impugnación o apelación.
La postura del magistrado es la misma que vienen sosteniendo varios ministros de la Corte Suprema de Justicia, que incluso señalan que dar tramite a estos planteamientos puede ser motivo de un proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
Tras resolver en dicho sentido, el magistrado fijó para el 31 de julio a las 7:30 h la audiencia preliminar para los procesados. La convocatoria es bajo apercibimiento de revocar las medidas y declarar la rebeldía de los mismos.
En la causa, el perjuicio se habría producido a través de órdenes de pago y cheques para la adquisición de productos y servicios, en carácter de anticipos de fondos a rendir, cuyos montos superaban el límite y además carecían de contraprestación.